martes 4 de octubre de 2011

PCAS DENUNCIA ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL LA PRESUNTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 169 DE LA NUEVA LEY ELECTORAL


La formación castellanista PARTIDO CASTELLANO (PCAS) ha solicitado recientemente Amparo ante el Tribunal Constitucional, frente a la flagrante inconstitucionalidad del nuevo texto de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) según la modificación dada por la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, que establece en su Artículo 169 que, "Para las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado... Para presentar candidaturas,... Los partidos, federaciones o coaliciones que no hubieran obtenido representación en ninguna de las Cámaras en la anterior convocatoria de elecciones necesitarán la firma, al menos, del 0,1% de los electores inscritos en el censo electoral de la circunscripción por la que pretendan su elección. Ningún elector podrá prestar su firma a más de una candidatura".
En opinión del Gabinete Jurídico del PARTIDO CASTELLANO (PCAS) esta nueva redacción de la Ley Electoral, que debe velar por las condiciones de igualdad y equidad entre todas las formaciones políticas concurrentes a los diferentes comicios democráticos, vulnera aspectos clave establecidos por el legislador en la Constitución Española, entre los cuales cabe citar los siguientes:
El Artículo primero de la Constitución Española, que consagra que el pluralismo político es uno de los valores superiores del ordenamiento jurídico del Estado social y democrático de Derecho en que se constituye España.
El Artículo sexto de la Constitución Española, que establece que los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política.
El Artículo noveno de la Constitución Española que textualmente establece que "corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social".
El Artículo decimocuarto de la Constitución Española, que afirma que "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
El Artículo vigésimo tercero de la Constitución Española que establece que "los ciudadanos tiene el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal, y que así mismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes".
A juicio de los responsables políticos del PARTIDO CASTELLANO (PCAS), los partidos mayoritarios PP y PSOE pretenden coartar la pluralidad política y discriminar a las formaciones políticas minoritarias introduciendo trabas y obstáculos cada vez más complejos para evitar su concurrencia electoral. Lo cual solo constituye un paso más en el proceso de manipulación, degradación y empobrecimiento de nuestro sistema democrático y confirma la urgente necesidad de una regeneración integral de nuestra democracia, denunciando sus limitaciones y el intento permanente de PP y PSOE de secuestrarla en aras a su mero beneficio partidista.
Por todo ello, desde el PARTIDO CASTELLANO (PCAS) se confía en que el Tribunal Constitucional proporcione amparo a este Recurso, establezca la inconstitucionalidad de la nueva redacción del artículo 169 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral Central e instituya idénticas condiciones para la presentación de las candidaturas de los diferentes partidos políticos a las Elecciones Generales, sin distinción ni discriminación.
 
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